CÓDIGO DE ÉTICA

 

Quiénes somos

El centro educativo Ingevalca es un centro privado de formación que acoge a alumnos/as de múltiples nacionalidades, consideramos a la excelencia académica uno de nuestros pilares estratégicos. Nuestro modelo educativo se basa en el aprendizaje holístico de la persona, bajo este modelo, el facilitador es un referente y también un orientador que acompaña al alumnado durante su vida académica. Este por su parte, traza su propio recorrido formativo desarrollando los conocimientos, competencias, destrezas y valores que demanda la sociedad actual. Nuestro modelo pone especial énfasis en la madurez y autonomía del alumno/a, de forma que éste aprenda a adaptarse a un mundo cada vez más complejo y en constante cambio.

Nuestra misión es proporcionar a nuestros alumnos/as un aprendizaje integral, contribuyendo a la formación de líderes y profesionales preparados para dar respuesta a las necesidades de un mundo global, aportando valor en sus profesiones y contribuyendo al progreso social desde un espíritu emprendedor y el compromiso ético. Generando y transfiriendo conocimiento a través de la investigación aplicada, contribuyendo al progreso y manteniéndonos a la vanguardia del desarrollo intelectual y técnico.

 

Qué es el Código Ético

El código ético recoge el conjunto de principios rectores y estándares de conducta que deben guiar el comportamiento y desempeño habitual en el desempeño de las funciones y actuación de todos aquellos que lo integran. Por lo que, este código ético se fundamenta en:

  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas.
  • Los principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas.
  • La legislación aplicable.
  • Cualquier otra normativa que resulte de aplicación atendiendo a la actividad propia del centro educativo.

 

Principios y valores

Los miembros del centro educativo sustentan su actuación en el ámbito de sus competencias y responsabilidades, el respeto a los siguientes principios y valores generales:

A.    Libertad, igualdad y no discriminación

Promover el respeto, la consideración y promoción de los principios de libertad, igualdad y no discriminación, se convierte en el pilar fundamental de las tareas y funciones que acometen todos los miembros en su desempeño habitual y, en particular, en las relacionadas con la docencia y la enseñanza.

El derecho fundamental a la libertad de enseñanza se convierte en eje entorno al cual gira la actividad académica, ejercitado en el marco de la autonomía universitaria, la libertad de creación de centros docentes y universidades, así como, el respeto a la institución y su reputación.

Los empleados y miembros del centro educativo fomentan y promueven la defensa de la libertad, igualdad y no discriminación en su actividad cotidiana.

B.    Calidad y excelencia

Colocar el enfoque en la calidad y la excelencia en los productos y servicios que prestamos, con el objetivo de la superación de los estándares comunes de cualquier institución docente. La totalidad de la actividad educativa está encaminada a alcanzar un alto grado de calidad y excelencia en la enseñanza y en el resto de los servicios educativos, de investigación, los organizativos y de cualquier otro tipo que se desempeñen.

Reafirmamos nuestro compromiso en la fijación de estándares que garanticen la consecución de los objetivos de calidad y excelencia, estándares que permitan evaluar la calidad del producto y del servicio docente, así como el cumplimiento de los estándares exigidos para alcanzar dichos objetivos.

C.    Responsabilidad y compromiso con la institución, con nuestro alumnado y con la sociedad

Propiciamos el fomento de la cooperación y colaboración de sus miembros en la mejora y consecución de la misión del centro educativo, manteniendo un comportamiento leal hacia ésta, con la finalidad de crear un vínculo institucional entre todos sus miembros, comprometidos con la mejora institucional y el logro de sus objetivos y finalidades.

Así mismo, de acuerdo con su implicación social y su compromiso con la sociedad, promoverá actividades de interacción con el entorno social, y reprobará conductas antisociales y discriminatorias, favoreciendo los valores y principios económicos, sociales y ambientales acordes con un desarrollo sostenible.

D.    Valores

Nuestro propósito es impactar positivamente en las vidas de las personas a través de la formación continua, reflejado en la manera en que nos relacionamos con nuestros alumnos/as, colegas y la sociedad en general. Por eso, nuestras acciones deben guiarse por un conjunto de valores fundamentales que no solo nos definan como institución, sino que también orienten nuestras decisiones diarias. Los valores esenciales de nuestra cultura corporativa, que delimitan nuestro trabajo y nos guían como institución, son:

  • Pasión por la excelencia: Este valor nos impulsa a poner al alumno/a en el centro de todas nuestras decisiones, buscando siempre anticipar sus necesidades. La mejora continua nos permite superar los estándares habituales y nos posiciona como un referente en el sector educativo.
  • Cuidado de las personas: En el centro educativo fomentamos un entorno de respeto, colaboración y empatía, valorando tanto los logros individuales como el bienestar colectivo. Somos receptivos a las preocupaciones y sugerencias, lo que fortalece nuestra comunidad educativa y crea lazos de confianza y respeto.
  • Innovación: Este valor nos invita a cuestionar lo establecido y abordar los desafíos con creatividad. La innovación es una realidad diaria en el centro educativo donde se fomenta una cultura de aprendizaje continuo y se valora la curiosidad y la experimentación.
  • Confianza y responsabilidad: La confianza mutua y la transparencia en las comunicaciones y decisiones son esenciales en el centro educativo. Promovemos una cultura donde cada persona tiene la libertad de tomar decisiones informadas y asumir la responsabilidad de sus acciones.
  • Diversidad e inclusión: Promovemos un entorno inclusivo y socialmente responsable, valorando y respetando las diferencias culturales y de opinión. La inclusión es una práctica diaria que fortalece la comunidad educativa y permite avanzar juntos hacia el éxito.
 A quién aplica

El ámbito de aplicación del código ético se circunscribe a todas las personas y colectivos que componen el centro educativo conformada por los órganos de gobierno, los facilitadores, los departamentos no docentes. Así mismo, sus principios y valores también serán extensibles a las relaciones que el centro educativo y su personal mantengan con terceros prestadores de servicios o colaboradores suyos. En particular el presente código ético resulta de aplicación a:

  • Todos los empleados y personas que presten servicios al centro educativo, entre ellos, los pertenecientes a departamentos docentes y no docentes, centro propio o adscrito, y cualquier otro con una relación laboral o bajo cualquier régimen de contratación con el instituto.
  • Órganos de gobierno y administración del centro, órgano de administración, comité de dirección, consejo de gobierno, consejos asesores, en lo sucesivo, también “Representantes”. A tal efecto se consideran Representantes, los representantes legales, incluyendo los administradores de derecho que estén autorizados para tomar decisiones en nombre de Ingevalca, y los administradores de hecho y otros órganos externos, y cualesquiera personas físicas o jurídicas vinculadas con el centro educativo por relaciones jurídicas y/o de cualquier naturaleza diferente a la laboral, que actúen en su nombre.
  • El código ético es de aplicación a todos los proveedores, colaboradores, agentes y empresas auxiliares, quienes deberán trabajar también según las normas y comportamientos detallados en el presente código ético cuando desarrollen actividades comerciales en nombre del centro educativo o bajo sus indicaciones.
Personas

a.     Respeto a las personas. En el centro educativo y a las personas a quienes les aplica el presente código ético, deberán:

  • Respetar en todo momento la dignidad de las personas.
  • Rechazar e impedir la intimidación, el acoso de cualquier tipo, ya sea psicológico, moral o sexual, así como cualquier conducta que suponga falta de respeto o de consideración o cualquier otro acto de agresión verbal o física.
  • Tratar a las personas de forma justa y equitativa, debiendo actuar con respeto a la diversidad de culturas, religiones, orientaciones sexuales, opiniones y/o estado civil de las personas o cualquier otra condición personal o social.

En las relaciones entre empleados, sean cuales fueren, así como en las de éstos con cualquiera de las empresas, entidades y personas con las que colabore el centro educativo o mantenga relaciones comerciales, deberá prevalecer el trato respetuoso y profesional con el objetivo de propiciar un ambiente de trabajo cordial y seguro.

b.    Respeto a nuestros estudiantes. Los profesores y facilitadores, deberán:

  • Mantener una relación profesional y de respeto mutuo con el alumnado.
  • Reconocer los conocimientos y capacidades de los alumnos/as que puedan contribuir al proceso enseñanza-aprendizaje, desarrollando su docencia en los horarios y espacios habilitados para ello y cumplimentado los resultados académicos en los plazos previstos en las normas internas.
  • Ejercer la docencia con pleno respeto y observancia de las normativas, así como también de las disposiciones legales vigentes.
  • Respetar en todos los ámbitos el prestigio, reputación y buen nombre del centro educativo, de cualesquiera de sus miembros y de su alumnado.

c.    Igualdad de oportunidades. Aquellas personas que tengan encomendadas las funciones de selección o de liderazgo de equipos, deberán:

  • Respetar, en todo momento, el principio de igualdad de oportunidades, actuando siempre con plena objetividad y atendiendo, en todo caso, a la adecuación de los perfiles de los candidatos a las necesidades que deban ser cubiertas.
  • Respetar el derecho de las personas a trabajar o colaborar con el centro educativo, no impidiendo su promoción o el desarrollo de su carrera profesional por razón de su raza, religión, sexo, orientación sexual, origen y/o estado civil, o cualquier otra condición personal o social.
  • Favorecer la diversidad cultural creando un entorno laboral en el que las personas tengan la oportunidad de desarrollarse profesional y personalmente.

d.    Prevención de acoso laboral, sexual y moral. Todas las personas tienen derecho a ser tratadas con respeto, dignidad y justicia, por lo que se ofrece un lugar de trabajo libre de cualquier forma de acoso u hostigamiento.

No se admite ningún tipo de acoso u hostigamiento a los miembros del personal o terceros. Del mismo modo, tampoco se admite el acoso sexual ni a los empleados, ni tampoco a terceros con los que se pueda mantener una relación profesional de cualquier clase.

A tal efecto, se adoptarán las medidas oportunas para perseguir las conductas intimidatorias, así como aquellas consistentes en el acoso psicológico, laboral, moral o sexual. En relación al personal docente y al personal no docente que preste sus servicios, resultará de aplicación el Protocolo Interno de Actuación para la Prevención del Acoso Laboral.

e.     Protección de datos. Las personas a quienes aplica el presente código ético, deberán:

  • Utilizar únicamente, los datos personales que sean imprescindibles para el ejercicio de su actividad.
  • Tratar los datos personales de forma confidencial, leal y lícita.
  • Seguir los procesos establecidos por el centro educativo acorde a las políticas de protección de datos, de forma que: a. Se disponga de una base legal suficiente, ya sea el consentimiento del interesado o cualquier otra prevista en la normativa aplicable, para el tratamiento de los datos de carácter personal de aquél; b. Se garantice el derecho de información de los interesados cuyos datos personales sean solicitados, a la identidad del responsable del tratamiento y sus datos de contacto, las finalidades del tratamiento, el carácter obligatorio o facultativo de las respuestas a las preguntas realizadas, la consecuencia de la obtención de los datos, la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación, así como cualquier otro derecho que les sea aplicable; c. Se facilite el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, cancelación, portabilidad o limitación acorde a la legislación de protección de datos; d. Se utilicen los datos personales de terceros solo para finalidades compatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos.
  • Mantener el secreto profesional sobre los datos personales del alumnado y de cualquier otra persona a los que hayan tenido acceso, así como el deber de guardarlos. Esta obligación subsistirá incluso después de finalizar la relación laboral o profesional con el centro educativo.
  • Ceder los datos personales solo en los casos legalmente previstos.
  • Adoptar todas las medidas técnicas y organizativas necesarias y adecuadas para garantizar la seguridad de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
  • Notificar las brechas de seguridad que se produzcan sobre los datos de carácter personal al Delegado de Protección de Datos (DPD), tan pronto como se tenga conocimiento de las mismas.
  • Participar en las actividades formativas desarrolladas por el centro educativo.
  • Colaborar diligentemente con el centro educativo en todas las cuestiones que puedan surgir en Protección de datos y, en particular, en las relativas a los requerimientos de información o actuaciones de inspección.
  • Cumplir con las políticas, procesos e instrucciones recibidas por parte del centro educativo y del órgano de cumplimiento encargado de la protección de datos.
  • Colaborar con el órgano encargado del cumplimiento en materia de protección de datos para el desempeño de su labor.

f.      Conflicto de Interés. Los empleados del centro educativo deberán actuar en el recto cumplimiento de sus deberes y responsabilidades profesionales y no podrán desarrollar actividades profesionales ajenas a la institución que puedan entrar en concurrencia directa con su actividad dentro de la misma, salvo autorización especial y expresa por parte de las personas habilitadas para ello. En aquellos casos en que exista alguna posibilidad de que los intereses personales colisionen o interfieran, de forma directa o indirecta, con los intereses del centro educativo, el empleado afectado deberá informar inmediatamente al Comité de cumplimiento.

g.     Salud y seguridad. El centro educativo tiene el compromiso de garantizar el nivel de protección frente a los riesgos derivados de sus actividades, así como promover las mejoras de las condiciones de seguridad y salud. Para ello, constituye un objetivo prioritario la integración de la prevención en todos sus niveles jerárquicos y en el conjunto de sus actividades, ya sean docentes, administrativas o de investigación. En este sentido, las entidades cuentan con un plan de prevención de riesgos laborales, que establece un marco en el que se recogen las líneas maestras de cuantas actuaciones deban acometerse en esta materia, tanto para cumplir con los requisitos legales, como para garantizar la mejora continua, y lo transmite a todos y cada uno de los miembros de su organización.

Para cumplir con este compromiso, el centro educativo dispone de un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales basado en la norma ISO 45001:2018. Cuenta con un plan de prevención de riesgos laborales, que es desarrollado por procedimientos e instrucciones específicos para conseguir la integración de la prevención dentro de las actividades de formación profesional.

Responsabilidad social y medio ambiente
  • Responsabilidad social. Mantenemos un firme compromiso con el progreso social a través de la educación, con el talento de nuestra comunidad educativa y con el impacto positivo que éste genera en la sociedad. Para ello, promovemos medidas y acciones para el fomento del emprendimiento social y para la promoción de la diversidad, así como para la promoción del voluntariado, entre otras. Asumimos el compromiso de gestionar nuestra institución de manera sostenible en los ámbitos económico, social y medioambiental, con el objeto de generar valor para los grupos de interés desde una triple perspectiva: la solidez económica, el compromiso social y el respeto al entorno. De igual modo, promovemos la sostenibilidad curricular en el alumnado con el objetivo de formar profesionales comprometidos con el desarrollo sostenible, en lo económico, lo social y lo medioambiental, poniendo las competencias y habilidades individuales al servicio de cambios sociales positivos.
  • Medioambiente. Asumimos el compromiso con la protección medioambiental y el desarrollo sostenible, adaptándose al marco legislativo y a los compromisos fijados en las leyes y regulaciones nacionales e internacionales, así como, el resto de organizaciones en la creciente lucha contra la contaminación. Nos acogemos a los principios de actuación en defensa y protección del medio ambiente y la protección animal formulados en las diferentes normas jurídicas de aplicación y declaraciones de política ambiental, los cuales sirven de base para la planificación y el desarrollo de todas nuestras actividades. Promovemos en el alumnado valores y comportamientos respetuosos con el medio ambiente, con la finalidad de que los futuros profesionales sean ciudadanos respetuosos y concienciados en alcanzar un desarrollo sostenible.

Gobernanza
  • Transparencia. Es un principio fundamental para el funcionamiento del centro educativo, ya que, los órganos de gobierno, cargos unipersonales, así como el resto de personal al servicio del centro, ejercerá sus funciones y su desempeño con absoluta transparencia. Además, este principio exige que toda la información y comunicación de carácter público desarrollada en el ámbito educativo sea fácilmente accesible, comprensible y contrastada.
  • Confidencialidad. En el centro de educativo velamos por la protección de la información confidencial de que se disponga, con absoluto respeto a la privacidad. Todas las personas a quienes les aplica este código deberán abstenerse de utilizar inadecuadamente o divulgar a terceros datos, documentos o información de carácter estratégico o confidencial obtenidos o relacionados con el centro de educativo. La información confidencial incluye, no solo los datos que son propiedad del centro educativo o los que son privados de terceros, sino también los datos que el alumnado u otras partes hayan confiado en nosotros.
  • Obtención de Información. Las personas afectadas por el presente código ético deberán: Obtener información comercial o de mercado sin infringir las normas legales o pactos privados establecidos o acordados para protegerla; Rechazar y evitar la utilización de cualquier información que haya podido ser obtenida con incumplimiento de alguna norma legal o acuerdo privado suscrito con el centro educativo; Firmar cláusulas contractuales orientadas a evitar el traspaso de información confidencial y/o protegida que pudiera vulnerar el secreto de empresa.
  • Propiedad Intelectual e Industrial. El centro educativo está comprometido con la protección de la propiedad intelectual e industrial, entre ellos, los derechos de autor, las marcas y patentes, los dominios, diseños, entre otros. El centro educativo y las personas a quienes aplica el presente código ético, deberán: Adoptar las medidas necesarias para proteger la propiedad intelectual e industrial; Evitar la utilización de obras o creaciones de propiedad intelectual o industrial de terceros sin disponer de los preceptivos derechos y/o licencias; Emplear únicamente aquellas imágenes, marcas y textos sobre los que se disponga de la correspondiente autorización o no se encuentren protegidos bajo los derechos de autor.
  • Información en Redes Sociales. La utilización de las redes sociales no perjudicará el nombre, la reputación o el prestigio del centro educativo, ni de ninguno de sus miembros o de su alumnado. El uso de las redes sociales se realizará evitando cualquier acción que pueda dañar al centro educativo, a sus miembros o a su alumnado. Las personas a quienes aplica el presente código ético, deberán: Abstenerse de publicar contenidos como representantes del centro educativo salvo que tengan autorización expresa; Abstenerse de publicar información confidencial del centro educativo, o de los estudiantes o entidades colaboradoras; Abstenerse de utilizar los logotipos, marcas comerciales, información sujeta a copyright u otros derechos de propiedad intelectual o industrial del centro educativo, sin autorización expresa. No se debe responder directamente a ninguna solicitud de los medios de comunicación. Todas las consultas que los medios realicen sobre el centro educativo se enviarán directamente al Departamento de Comunicación.
  • Cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación del presente código, cumplirán todas las leyes, normas y reglamentos vigentes en los países donde opere el centro educativo, y mantendrán las medidas adecuadas que asegure el cumplimiento de dichas leyes, normas y reglamentos.

Preservación de la reputación e imagen pública. Deberes de lealtad y decoro.
  • Reputación e imagen pública. El centro educativo considera su imagen y su reputación corporativa como uno de sus activos más importantes para mantener la confianza del alumnado, de sus familiares, de las autoridades públicas y de la sociedad en general. Las personas a las que aplica el presente código ético, en especial a los empleados, deberán abstenerse de realizar manifestaciones o actuaciones que puedan poner en riesgo la preservación de este activo y deberán cuidar al máximo la imagen pública y la reputación del centro educativo a través de un comportamiento diligente y adecuado, teniendo en cuenta en cada momento los efectos que cada una de sus acciones pueden suponer para el buen nombre del centro educativo.
  • Deber de lealtad. Las personas a quienes aplica el presente código ético y, particularmente, a los empleados del centro educativo, están vinculados por un deber de lealtad hacia el centro educativo, por lo que, en el ejercicio de sus funciones y deberes profesionales, habrán de contribuir al prestigio, dignidad y reputación del centro educativo al que representan y del que forman parte, evitando aquellas conductas, manifestaciones o actitudes que puedan perjudicar el buen nombre e imagen del centro educativo ante el alumnado, autoridades públicas y la sociedad en general, y observando una conducta ejemplar de conformidad con los valores y principios del presente código ético. Este deber de lealtad comprende la obligación de las personas a quienes aplica el presente código ético de abstenerse de desacreditar, desprestigiar, hacer comentarios despectivos o difundir conversaciones privadas (o inducir o alentar a otros para que desacrediten, desprestigien, realicen comentarios negativos o difundan conversaciones privadas) acerca del centro educativo o de cualquiera de las entidades que lo conforman, acerca de, o mantenidas con, cualesquiera de sus directivos, consejeros, accionistas o empleados, en comunicación alguna con el alumnado, empleados, medios de comunicación, proveedores o terceros. A los efectos de este apartado, el término “desprestigiar” significa cualquier comentario, declaración o difusión de conversaciones que pueda afectar negativamente a la actividad del centro educativo o que pueda tener un impacto en la imagen y reputación de este y/o de sus entidades, directivos, accionistas, consejeros, empleados o terceros vinculados con este. El incumplimiento de las obligaciones previstas en este apartado dará derecho al centro educativo a tomar las medidas disciplinarias que considerase oportunas y/o a reclamar los daños y perjuicios que, en su caso, procedieran.
  • Decoro. Las personas a quienes aplica el presente código ético deberán comportarse con el debido decoro en el desarrollo de sus funciones profesionales y, particularmente, mientras se encuentren o hagan uso de las instalaciones o representen al centro educativo.
Orientación al alumnado

El alumnado y sus necesidades formativas constituyen el eje central de la actividad del centro educativo. Las personas a quienes aplica el presente código ético y, especialmente, los empleados que tengan contacto directo con el alumnado, deberán prestar una atención preferente a la satisfacción de sus necesidades y cumplir fielmente con todas las funciones y tareas que, en el desarrollo de su prestación de servicios para el centro educativo, les corresponden, de manera diligente y con fiel observancia de los procedimientos y plazos establecidos internamente por este.

Utilización de dispositivos electrónicos

El centro educativo pone a disposición de sus empleados diversos equipos y herramientas informáticas de su propiedad, entre las que se incluyen ordenadores personales, aplicaciones y programas informáticos, conexión a internet y correo electrónico.

El buen uso de los equipos y herramientas informáticas es responsabilidad de los empleados que los manejan, quienes deberán utilizarlos de forma adecuada a su naturaleza y abstenerse de incurrir en cualquier conducta o actuación que pueda ser calificada como abusiva o incorrecta. A título ejemplificativo, quedan prohibidas las siguientes conductas:

  • La alteración intencionada del software del equipo con fines distintos a los profesionales.
  • La instalación y la utilización de cualquier aplicación informática, archivo, imagen, documento, salvapantallas, juego o programa cuya licencia no sea titularidad del centro educativo o tenga un contenido ofensivo, inapropiado, pornográfico o discriminatorio.
  • El acceso intencionado y no autorizado a archivos que contengan información confidencial o reservada, así como la disposición y manipulación de dicha información.
  • El acceso abusivo a páginas web que sean ajenas a la prestación de servicios o que tengan un contenido ofensivo, inapropiado, pornográfico o discriminatorio, así como el acceso a chats para uso personal.
  • El envío y recepción a través del correo electrónico de aplicaciones, archivos y documentos no relacionados con el trabajo utilizando la imagen corporativa del centro educativo, la interceptación y/o uso no autorizado del correo electrónico de otros usuarios, el envío de correos anónimos o masivos y/o la apertura y uso de cuentas de correo personal no autorizadas utilizando los equipos informáticos propiedad del centro educativo.
  • La utilización de los equipos y herramientas informáticas por parte de los empleados queda limitada, única y exclusivamente, a fines profesionales, sin que, en consecuencia, puedan ser utilizados para un uso personal o privado utilizando, la imagen corporativa del centro educativo. De manera excepcional se permitirá el acceso esporádico a internet o el uso del correo electrónico cuando se trate de realizar una gestión inexcusable o relacionada con la conciliación de la vida personal y familiar que únicamente sea factible realizar por este medio, evitando así ausentarse de su lugar de trabajo. Este uso debe ser en todo caso ocasional y estar presidido por un principio de prudencia. En ningún caso podrá interferir en el trabajo o rendimiento del empleado o de otro compañero.
Normas de conducta en temas financieros
  • Registros y datos. Las personas a quienes aplica el presente código ético y, especialmente, los empleados que lleven a cabo funciones relacionadas con el ámbito financiero y de la contabilidad, deberán: Vigilar los flujos financieros que puedan tener un origen o un destino delictivo; Informar y proporcionar la información fiel y justificada necesaria a la persona física responsable de finanzas, en relación con aquellos hechos, circunstancias o acontecimientos que, en relación al desarrollo de su actividad y por su transcendencia, puedan afectar significativamente al resultado del centro educativo; Reflejar veraz e íntegramente, en todo momento, el estado y situación económico - financiera del centro educativo; Abstenerse de comunicar a otras personas no autorizadas información financiera o no financiera del centro educativo; No revelar aquellos datos sobre la situación económico-financiera que pudieran crear una imagen distorsionada o inexacta de la verdadera situación de la misma; La información del centro educativo sobre la situación económico-financiera que publicita y facilita a organismos oficiales y, en general, la que se proporcione oficialmente, deberá responder fielmente a la realidad económica y a su estructura empresarial y organizativa.
  • Pagos y cobros. Las personas a quienes aplica el presente código ético y, especialmente, los empleados que lleven a cabo funciones de responsabilidad en el centro educativo, deberán: 
    • Minimizar, y en caso posible eliminar, los pagos y cobros derivados de operaciones comerciales en metálico;
    • Revisar con especial atención y control todos aquellos pagos o cobros: a. realizados por una empresa con la que se inicien relaciones comerciales por primera vez; b. ejecutados por una empresa cuyos pagos o cobros provengan o deban hacerse a una cuenta distinta de la que tradicionalmente ha venido siendo utilizada en sus relaciones comerciales con el centro educativo; c. realizados o recibidos desde una cuenta o por una entidad ubicada en países fiscalmente no transparentes; d. realizados por personas físicas o jurídicas no mencionadas en los correspondientes contratos; e. realizados por entidades en las que no sea posible identificar al socio, propietario o beneficiario último.
    • Revisar, con especial atención, los pagos extraordinarios no previstos en los acuerdos o contratos correspondientes.
    • Respetar, en todo momento, las políticas establecidas por el responsable financiero en relación con los pagos y cobros, debiendo ser denunciados todos aquellos que no respondan a dichos criterios o normativa aplicable. Reflejar con claridad y precisión en los registros del centro educativo, todas las transacciones, operaciones, movimientos de mercancía y contratación de servicios.
  • Políticas de contratos y compras. Los empleados del centro educativo deberán cumplir los procesos previstos en la política de contratos y convenios, antes de su firma por el apoderado designado, así como los previstos en la política de compras.
  • En relación con la corrupción proveedores y regalos. El centro educativo y las personas a quienes aplica el presente código ético, deberán:
    • Respetar la competencia, estableciendo como principio de actuación la transparencia en sus relaciones comerciales con terceras personas.
    • Regir sus relaciones comerciales por criterios objetivos de precio, calidad, fiabilidad e idoneidad del producto y siempre con total cumplimiento de las normas legales existentes en el ámbito donde dichas relaciones se lleven a cabo.
    • Abstenerse de entregar cualquier tipo de dádiva, regalo, obsequio o retribución, de la clase que sea, a funcionarios públicos o autoridades.
    • Abstenerse de entregar dádivas, regalos, obsequios o retribuciones a terceros cuando se esté negociando con los mismos o existiendo licitaciones en curso.
    • Abstenerse de aceptar o entregar dádivas, regalos, obsequios o retribuciones a terceros, salvo que se trate de un obsequio de naturaleza promocional y previa autorización del Comité de Compliance, siempre que no sean funcionarios o autoridades públicas.
    • Ofrecer o aceptar obsequios en metálico está expresamente prohibido.
    • La prohibición de dádivas o regalos se extiende a cualquier tipo de regalo, salvo los admitidos y establecidos como comunes dentro de las relaciones sociales.
    • Limitarse a ofrecer o aceptar invitaciones a eventos profesionales, ocasional y razonablemente, cuando las mismas se ajusten, estrictamente, a su actividad profesional.
    • Garantizar la transparencia y equidad de las referencias y contratos, sobre la base de criterios objetivos.
    • Poner en conocimiento del comité de compliance, la recepción u ofrecimiento de ventajas o favores personales de cualquier tipo, a fin de que se adopten las medidas reglamentariamente establecidas al efecto.
    • Acreditar mediante las correspondientes facturas, recibos y comprobantes, todos los costes y gastos producidos con motivo de obsequios, campañas de promoción, entre otros, que se generen por razón de la actividad del centro educativo, debiendo incluir en los mismos la fecha del gasto, su concepto, la identidad de la persona a quien se hace el obsequio y el motivo por el que se realizó.
    • Ajustar a las exigencias de transparencia y legalidad la actuación del centro educativo en licitaciones, contratación con administraciones, organismos autónomos, empresas estatales o de capital público de cualquier nacionalidad o país.
    • El centro educativo deberá operar en el mercado conforme a una conducta leal, seria y responsable, evitando incurrir o participar en cualquier actuación fraudulenta o engañosa que no responda a los criterios exigibles de buena fe y diligencia debida en el tráfico mercantil.
  • Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Las personas a las que resulte de aplicación este código deberán actuar, en todo momento, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo y demás legislación vigente aplicable en el país.

Cumplimiento
  • Aplicación, aceptación y divulgación. El código ético resulta de aplicación a todas las personas, colectivos y entidades que conforman del centro educativo, incluyendo las relaciones con terceros y su personal con las entidades y empresas externas que prestan servicios o colaboran con este. Todas las personas a quienes se les aplica este código habrán de adquirir el compromiso de aceptar, respetar y promover el conjunto de los principios y los valores que integran este código ético. La difusión de este código se llevará a cabo mediante su publicación en la página web del centro educativo y será objeto de las adecuadas acciones de comunicación, formación y sensibilización para su oportuna comprensión y puesta en práctica.
  • Responsables. El seguimiento y mejora del cumplimiento e interpretación del presente código corresponderá al comité de prevención de riesgos penales, denominado a estos efectos comité de compliance, designado por el centro educativo, a quien además corresponderá garantizar su cumplimiento, resolver las cuestiones relacionadas con su contenido o dudas de interpretación, recibir notificaciones de posibles conductas inadecuadas, resolver problemas y cualquier otra cuestión que pudiera surgir dentro de su ámbito de aplicación.
  • Incumplimientos. Como contribución al bien del centro educativo y de cuantos se relacionan con este, los destinatarios de este código deben informar de las actuaciones contrarias a sus principios y valores. Para estos casos, el centro educativo pondrá en marcha el procedimiento oportuno para la investigación de los hechos y constatación de los responsables, adoptando las decisiones que estime oportunas en función de la gravedad de los hechos.
  • Canal de denuncias. A fin de que las personas afectadas por el presente código y las vinculadas a ellas en los términos legalmente previstos puedan poner en conocimiento del órgano de control correspondiente una posible infracción del mismo, el centro educativo ha habilitado un sistema que permite articular la correspondiente denuncia, incluso de forma anónima, partiendo del deber de honestidad en las acusaciones que se efectúen, a través del siguiente enlace: https://europaeducation.shogunmonitor.com/

En aplicación de lo previsto en la Ley de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de Lucha contra la Corrupción, el centro educativo pondrá en marcha todas las precauciones necesarias para garantizar la confidencialidad de los datos de las personas afectadas por la información suministrada, en especial de la persona que hubiera puesto los hechos en conocimiento al centro educativo, cuya seguridad será garantizada.